La patinadora española dio positivo con la misma sustancia que Jannik, se le suspendió un año y la AMA recurrió
La decisión de la ITIA, la Unidad de Integridad del Tenis, de aplicar a Jannik Sinner sólo una sanción económica y de anulación de puntuación por su doble positivo, es recurrible por dos instancias: la Agencia Antidopaje Italiana (NADO) y la Agencia Mundial Antidopaje. El 6 de septiembre, cuando están previstas las semifinales masculinas del US Open, es la fecha tope para que pueda presentarse recurso ante el TAS, el Tribunal de Arbitraje Deportivo, para que se se aumente la sanción.
La AMA ha declarado a la Agencia Alemana DPA que está «examinando cuidadosamente» el expediente de Sinner. El experto alemán en dopaje Fritz Sorgel señala en declaracion al portal Sport1 que la explicación de Sinner «apesta a muerte. Esta explicación de que la sustancia se absorbe a través de la piel se usa cada vez con más frecuencia. Incluso en esas circunstancias sería poco probable que el clostebol penetre en cantidad suficiente como para ser detectado en una prueba antidopaje».
Cabe recordar que la AMA sí ha tomado la decisión de recurrir sanciones que le parecieron demasiado benévolas. Un caso en concreto fue el de la patinadora española Laura Barquero.
Laura Barquero dio positivo durante los Juegos Olímpicos de Invierno de Pekín 2022. Ella y su compañero Marco Zandron habían logrado la primera clasificación del deporte español en la modalidad de parejas. Consiguieron entrar en la final y ser undécimos, pero a Laura se le detectó en el control antidopaje una concentración de clostebol de 0,5 nanogramos por miilitro de sangre. En el caso de Sinner ha sido de 0,1. Laura reconoció haberse aplicado la sustancia -la misma que en el ‘caso Sinner’, el Trofodermin Spray-, igualmente comprada en Italia, donde entrenaba- por un corte sufrido con un patín mientras, según la sentencia, al cuerpo de Sinner llegó por masajes que le administró su preparador físico, que fue quien usó la sustancia.
La ISU determinó que Laura había cometido negligencia pero la sancionó con un año de suspension, la sanción mínima. Sin embargo, la Agencia Mundial Antidopaje recurrió la decisión por considerar que no se habían aplicado apropiadamente los términos del Código Mundial Antidopaje, buscando que la suspensión se aumentase.